Presentación de Esther Prieto
En el año 1990 Branislava Susnik,
la prestigiosa antropóloga escribió :"El indígena, como ciudadano no sólo tiene
derechos, sino también obligaciones. Pero ¿cómo entienden él y su comunidad sus derechos y obligaciones"?
(Branislava Susnik, 1990)
Paraguay, país pluricultural
Como cuestión previa considero de
la mayor importancia una referencia al reconocimiento de la diversidad cultural del Paraguay.
En el año 1992, durante la Convención Nacional Constituyente.
los Pueblos Indígenas del Paraguay, acordaron con el Estado Paraguayo lo que
podría llamarse el primer pacto social, que aunque con representación
imperfecta, fue legitimado con la inclusión del Capitulo V “ Los Pueblos
Indígenas” en la nueva Constitución que reformaba las cuatro anteriores. En
este Capítulo V, el Estado Paraguayo realizó por primera vez, un reconocimiento
explícito de los derechos de los pueblos indígenas, el que fue completado con el artículo 140 que afirma que
el Paraguay es un país pluricultural y bilingüe.
Este importante pronunciamiento
constitucional es de carácter prevalente, y por tanto su aplicación se impone
en todos los ámbitos concernientes a los pueblos indígenas. Posteriormente el
Paraguay, ratificó el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo
sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, en virtud del cual
el Estado Paraguayo aceptó voluntariamente sujetarse a la aplicación de dos
principios fundamentales: La participación y la consulta, que ha de hacer
efectiva esta participación. Desde este enfoque de derecho, el tema de la
ciudadanía indígena, está inserto en esa
particularidad que debe tenerse en cuenta en relación a la participación
política ciudadana de los indígenas y su derecho al sufragio activo y pasivo,
esto es, a votar a representantes para
cargos públicos la postulación para cargos electivos.
Un tema de controversia
Aun cuando se dispone de estos
instrumentos categóricos, la cuestión de
la ciudadanía política indígena ha sido y es un tema de controversia. En
realidad, la propia cuestión de la ciudadanía y sus implicancias bajo el
paradigma occidental vigente se encuentra en debate, y busca reformulaciones,
por lo que se habla en la actualidad de una crisis de representatividad.
Cuando nos hacemos eco de la
pregunta de Branislaba Susnik, formulada hace más de 20 años, reconocemos que la cuestión de la ciudadanía
indígena es un tema complejo, ya que se plantea un escenario contradictorio entre el sistema de ciudadanía propio de
ciudadanía predominante en la mayoría de los pueblos indígenas, y el sistema hegemónico vigente en los órdenes sociales y
jurídicos del ámbito nacional.
Básicamente la controversia se
basa en el hecho de que los pueblos indígenas ejercen la ciudadanía desde un
abordaje de representación colectiva y el sentido del servicio a la comunidad,
mientras que el sistema de ciudadanía política que se ha impuesto
universalmente se basa en el voto individual, secreto y libre. que da lugar a
una representación directa o indirecta poco diáfana en el mandato imperativo.
De allí que sería impropio plantear hoy una respuesta o un pronunciamiento definitivo, ya que los
propios indígenas se hallan en un proceso de reflexión y maduración estratégica en el ejercicio del
derecho al sufragio que le otorga la ley.
He allí el problema, ya que
cuando el Estado Paraguayo reconoce a los indígenas como ciudadanos paraguayos,
lo hace partiendo de un principio de igualdad, aplicado a una supuesta sociedad
homogénea y uniforme, que no permite visualizar la diversidad de la que
hablamos, y en consecuencia, su participación política en los procesos eleccionarios no refleja la
diversidad y mucho menos la libre determinación, ya que el poder público marca
las pautas de cómo se ejerce el
sufragio.
A causa de este sistema, los votos
de los indígenas no tienen visibilidad, quedan invisibilizados. Talvez la
ausencia del voto diferenciado que hoy reclaman, haya
sido la razón por la que los pueblos indígenas han resistido siempre a esta
participación ciudadana, que históricamente solo ha servido para favorecer al propósito incansable de la
integración, asimilación y otros mecanismos de cooptación en una praxis
constante de las políticas públicas.
El tema de la ciudadanía indígena
ha tenido sus problemas en el curso de la historia del país. Se tiene memoria
del polémico Decreto de Carlos Antonio López cuando dispuso poner término al
sistema comunitario de 31 pueblos indígenas guaraníes de la Región
Oriental, a cambio de su ciudadanía como
paraguayos. La extensión de una ciudadanía jurídica en términos
homogeneizantes, se habría traducido en la práctica en la perdida de sus
tierras, base de su existencia material y cultural como pueblos, en el
debilitamiento de su poder de autonomía, y en contraparte, sin ganar ningún
tipo de representatividad política para la defensa de sus intereses como
pueblos en la configuración del Estado nación paraguayo.
En la actualidad
Experiencias actuales tienen
connotaciones semejantes, ya que año tras año en cada proceso eleccionario las
comunidades indígenas vienen sufriendo las conocidas manipulaciones de los
movimientos y partidos políticos, con el arreo para recolección de votos junto
con la provisión de bebidas alcohólicas, y el encerramiento en las estancias,
obligándoles a depositar sus votos a favor de uno o de otro.[1]
Talvez por estas experiencias,
algunos referentes indígenas han optado por asumir una postura más activa
respecto a su participación política, sea como electores o como candidatos a
cargos electorales. Desde hace unos años, han venido construyendo un proceso de
participación en dichos eventos,
intentando, con justo derecho, su
ingreso a instancias del poder público a través de diversos mecanismos que
vienen ensayando con el ánimo de lograr espacios de representación, especialmente
en los poderes locales, como los municipios y las gobernaciones departamentales
de sus territorios.
Es probable que el éxito del
Presidente Evo Morales, en las
elecciones presidenciales de Bolivia, se haya constituido en un paradigma que
impulsa a los miembros de los pueblos indígenas al desafío de participar como
candidatos, en un sistema que ellos
conocen mejor que nadie, les es adverso. El resultado de las próximas elecciones de abril
nos dará la respuesta.
Examinando las listas de partidos
y movimientos políticos que tenemos hoy para los comicios generales, podemos
encontrar varias candidaturas de hombres y mujeres indígenas en las diversas
listas partidarias o de movimientos políticos. Se pueden encontrar varias
candidaturas para Concejales
Departamentales, para Diputados y también para Senadores. Por lo menos por ahora, se puede ver una
opción por acomodarse a las reglas del juego, aunque no debe descartarse otras
formas genuinas que podrán ir
apareciendo en este esfuerzo incansable por
ejercer sus derechos inalienables a la libre determinación y el respeto a sus
normas consuetudinarias en el marco de su identidad cultural..
El voto de los indígenas
Al respecto, quisiera compartir
con ustedes algunas aspiraciones que he escuchado de importantes referentes
indígenas sobre el tema: Angel Vera, Ava guaraní, y miembro del Consejo
Continental Guaraní expresó en una entrevista: “Me gustaría que existan datos
estadísticos sobre votos indígenas en los registros oficiales, será la única
forma de saber nuestro nivel de participación, y eso nos va a dar fuerza
política. Talvez podemos pensar en un sistema que pueda dar visibilidad a los
votos indígenas”, mientras que Modesto Vera, lider espiritual del Pueblo Mbya
Guaraní confirmaba con respecto a los
votos “Eso de los votos, no entiendo, para eso se debe saber leer y escribir
muy bien, y yo, muchas cosas de los jurúa
(paraguayos) no entiendo muy bien” . Tenemos que señalar que se pueden observar diferencias en
las opiniones, justamente porque apenas empieza a circular entre las
comunidades este desafío de la participación política.
Esta claro que sin tierra no
habrá ciudadanía plena. Creo entender que los indígenas distinguen muy bien el
orden de prioridades en su difícil relación con el Estado Paraguayo; por una
parte, la reivindicación de su territorio ancestral constituye uno de los
pilares de los derechos humanos, pero por otro lado, el derecho a la
participación política, podría
constituirse en el acceso a instancias de poder público y representación de intereses, como un plus en
la defensa de sus organizaciones, siempre que esta participación pueda lograrse
en el marco de su diversidad y el derecho a la libre determinación.
Los mundos posibles. El desafío de la convergencia
La convergencia con el arrogante derecho occidental, básicamente basado en representaciones
individuales más o menos desvinculados de los representados y la representación colectiva sostenida y
defendida por los pueblos indígenas, no será fácil.
En los últimos tiempos, estamos
observando un gran avance en los lineamientos de la construcción del pluralismo jurídico que tiene su respaldo en
los instrumentos internacionales de las Naciones Unidas y la OEA. Países como
el Estado Plurinacional de Bolivia y el Ecuador han incorporado la cosmovisión
indígena en sus constituciones, con aspiraciones de profundo contenido de
sabiduría ancestral como el “buen vivir”.
La marcha en la construcción de consensos
entre las organizaciones indígenas es cada vez más visible. Así mismo, la
marcha hacia la construcción del pluralismo jurídico puede definir nuevos
rumbos en la búsqueda de una participación política desde una visión genuina de
los pueblos indígenas, hacia un nuevo contrato social con el Estado. No
somos nosotros, son los pueblos indígenas, los que decidirán este
rumbo.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS:
Constitución de la República del Paraguay, año 1992
Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en
Países Independientes, ratificado por Ley N| 234/1993
Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los
Pueblos Indígenas, año 2007
Pereira, Milena, “Los derechos colectivos frente a la institucionalidad estatal moderna:
La reivindicación del Estado Plurinacional en Bolivia, La Plata, Argentina, 2008
Prieto, Esther Ciudadanía Indígena en Paraguay, UTCD/Asoc. Madre Tierra
Susnik Branislava en El Derecho Consuetudinaio Indígena,
Miguel Chase Sardi, 1990
Vera Angel y Vera
Modesto en “Ciudadanía Indígena en
Paraguay, Esther Prieto, 2013
Asunción, Paraguay, año 2014
No hay comentarios:
Publicar un comentario